Por todas las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA DE ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA, incoada por el abogado en ejercicio CARLOS JOSÉ GUTIERREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 5348, apoderado Judicial del ciudadano DOUGLAS JOSE GARCIA BLANCO, titular de la cédula Nº 8.332.711, contra la Asociación COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, "LA MARAVILLA" S.R.L., inscrita en la oficina Subalterna de Registro de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 19 de Junio de 2.001, bajo el número 34, Folios (152) al (158), Protocolo Primero, Tomo Décimo Séptimo, Segundo Trimestre del citado año, modificada sucesivamente mediante documentos Registrados en la misma Oficina de Registro, en fechas 16/10/2002 Nro: 9, foli.....