Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano JESÚS ENRIQUE BRITO SALAZAR, titular de la cédula de identidad V- 14.124.553 contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANÁ DEL ESTADO SUCRE quien dictó Providencia Administrativa 112-2021, de fecha 02/09/2021, contenida en el expediente Nº 021-2019-01-00479. Comuníquese al Inspector del Trabajo de esta decisión una vez que quede firme la sentencia. Y ASI SE DECIDE
SEGUNDO: Se anula la Providencia Administrativa de fecha 02/09/2021, signada con el N°: 112-2021 contenida en el expediente Nº 021-2019-01-00479 emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANÁ ESTADO SUCRE. En consecuencia se ordena el reenganche del trabajador JESÚS ENRIQUE BRITO SALAZAR, titular.....