Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL DECAIMIENTO DEL INTERES y en consecuencia EXTINGUIDA LA ACCIÒN Y EL PROCEDIMIENTO, de TITULO SUPLETORIO DE VEHICULO, suscrito por el ciudadano: LUIS ALBERTO MORALES AZOCAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.527.270, y de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio ciudadano: JOSÉ GABRIEL URBANO SUNIAGA, inscrito en el Inpreabogado con el N° 146.290.- En tal sentido se da por terminada la presente solicitud y se ordena el archivo de la misma.-