En este sentido, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, tenemos que consta de autos a los folios 31 al 34 ambos inclusive, que el ciudadano MARTIN DEYAN, titular de la Cédula de Identidad N° 4.951.146, construyó por cuenta y orden del ciudadano EZEQUIEL ANTONIO FERRER AGUILERA, venezolano, mayor de edad, comerciante, divorciado, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 2.669.742, una (1) casa de dos (2) plantas, ubicada en la Calle Quebrada Honda, jurisdicción de la Parroquia Santa Rosa, de este Municipio Bermúdez del Estado Sucre, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Su fondo, con fondo de la casa que es o fue de JUANITA RODRÍGUEZ; SUR: Su frente, con Calle Quebrada Honda; ESTE: Con casa que es o fue de FELICIA RODRÍGUEZ; OESTE: Con casa que es o fue de BERTA URBAEZ; dicha casa se encuentra enclavada en una porción de terreno de propiedad Municipal y está construida con paredes de bloques de cemento, piso de porcelana, techo de.....