Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana ROSALINA VARGAS VELASQUEZ, contra el ciudadano JUAN DE JESÚS RODRÍGUEZ MARCANO, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor del adolescente, y condena al progenitor a suministrar a su hijo el 20% un salario mínimo mensual por concepto de Obligación Alimentaria, el 20% del Bono Vacacional para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares, el 20% de la Cesta Ticket y en el mes de Diciembre el 20% por concepto de Aguinaldo, para cubrir los gastos de ropa, calzado y juguetes. Todo de conformidad con los artículos 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 369, 30 y 08 de la LOPNA.