-III-
DSIPOSITIVO
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, CON COMPETENCIA NACIONAL EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la ciudadana YURIBEL YENSLITH LUCENA ROMERO contra las ciudadanas MARIA ANGÉLICA DELFINO PARRA, MARIA ISABEL DELFINO PARRA y ELENA MARGARITA DELFINO PARRA, ampliamente identificadas en el cuerpo de esta sentencia, DECLARA:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente inmueble, propiedad de las demandadas:
"un inmueble de la exclusiva propiedad de las demandadas, ubicado en la Cuarta Avenida de la Urbanización Los Palos Grande.....