En consecuencia este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, vista la manifestación de voluntad de la representación judicial del demandante FRAN JOSE GIL MORENO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V-14.579.438, de desistir del procedimiento contra las entidades de trabajo CENTRO CERAMICO FERRIMAT, C.A. y FERROCANNOS, C.A; de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal Del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el desistimiento realizado .
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
DIOS Y FEDERACION.
LA JUEZA TITULAR
ANTONIETA COVIELLO MARCANO