DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano VICTOR JOSÉ VÁSQUEZ SUAREZ, Venezolano, de 43 años de edad, natural de Yaguaraparo, Estado Sucre, nacido en fecha: 15-06-1970 de profesión u oficio Comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V.- 13.125.220, hijo de Jerónimo Vasquez y de Gregoria de Vásquez, residenciado en: Calle Bolívar, casa Nº 108, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por la comisión del delito de RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 425 del Código Penal, en concordancia .....