En atención a los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos: NORMA DEL VALLE CORDERO y ALCIDES DE JESUS HERNANDEZ, venezolanos ambos, titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.693.326 y V-5.088.726, respectivamente, y de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio ZAIHER RIVERO RIVERO, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nº 116.648, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio Nº 02 de fecha, cinco (05) de Enero del año Mil Novecientos Setenta y Ocho (1.978), por lo que, una vez ejecutoriada la senten.....