ASUNTO : RP01-P-2007-004325
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, otorga como lapso de prorroga a la Fiscalía Undécima del Ministerio Publico, DIEZ (10) días adicionales contados a partir del vencimiento de los treinta (30) días iniciales que establece la norma, a los efectos de la presentación del acto conclusivo de la presente causa. En virtud de lo decidido deberá el Ministerio Público presentar en dicho lapso el acto conclusivo en la presente causa, seguida a los ciudadanos CARLOS JOSÉ FERNÁNDEZ BARRETO, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.917.034, y JULIO MARTÍN MURSIA RINCÓN, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.900.256, a quienes se les imputa el delito de Transporte Ilícito de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Org.....