Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICION planteada por el abogado OSCAR EDUARDO HENRÍQUEZ FIGUEROA, actuando con el carácter de Juez Superior de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de conocer la causa N° RP01-R-2007-000170, seguida en contra del imputado JOYNER MANUEL NUÑEZ FRANCO por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.- SEGUNDO : SE ORDENA librar oficio al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a los fines de tramitar lo conducente, para la designación de un Juez Accidental de esta Corte de Apelaciones, para que junto a los demás miembros de la misma, conozcan de la presente causa, de man.....