En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano NILSON JOSÉ ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 5.473.085, contra la Sociedad Mercantil VENEPESCA, C.A. Registrada en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Estado Sucre, en fecha 15 de noviembre de 1985, anotado bajo el No. 70 Tomo IV, Libro II, folio 142 al 146.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar al demandante la cantidad de SETENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES (Bs. 70.447,00).
TERCERO : SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de : SETENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIV.....