DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, al ciudadano JULIO MARTÍN MURSIA RINCÓN, venezolano, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.900.256, nacido en fecha 18/03/1975, soltero, hijo de Diluvina Rincón Rivero y Julio Martín Mursia, residenciado en el Urbanización Cinqueña III, diagonal al Estadium de Béisbol, Barinas, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, pena ésta que terminarán de cumplir aproximadamente en fecha Cinco .....