Por todo lo expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA la Suspensión Condicional del Proceso a favor del acusado WILLIANS JOSÈ MONASTERIO, venezolano, natural de Caracas, mayor de edad, edad: 34, titular de la cédula de identidad N° V- 13.852.743, de estado civil soltero, nacido en fecha 16-06-1973, agricultor, residenciado en: Urbanización Eugenio Peña, también le dicen Banco Obrero, casa Nº 41, en Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre; por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre la Mujer a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de la ciudadana Mauris Trinidad Bravo Gómez; debiendo cumplir, durante el lapso de cuatro (04) meses y quince (15) días, debiendo cumplir con las siguientes condiciones: PRIMERO: Tres (03) presentación, las dos.....