este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA la presente Transacción en los términos expuestos, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia se le da efecto de Cosa juzgada a la presente Homologación Se declara terminado el Procedimiento y se ordena el archivo del expediente