Así las cosas, observa esta Instancia, que a pesar de que el recurrente en Amparo señala que la acción es intentada contra la Sentencia Definitiva dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 14 de Enero de 2.011, que declaro CON LUGAR la demanda de DESALOJO POR FALTA DE PAGO intentada por el ciudadano VICENTE RAFAEL GARCIA RONDON contra el ciudadano MANUEL MARTIN GUEVARA VARSALLO, que no consta de autos que hubiere interpuesto contra dicha Sentencia Definitiva Recurso de apelación a tenor de lo dispuesto en nuestra Legislación adjetiva, habiéndose conformado la recurrente con la sentencia dictada, pudiendo haber ejercido el Recurso de Apelación correspondiente con la finalidad de que el Juez de Alzada conociera de dicha causa.
En este sentido no encuentra esta Instancia justifi.....