Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, bajo la modalidad de fianza, en contra del imputado ABRAHAN YANCE, venezolano, mayor de edad, de 39 años de edad, natural de Río Salado de Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 7 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano NESTOR NATIVIDAD PACHECO; de conformidad con lo previsto en el artículo 256 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación de dos (02) fiadores que devenguen un ingreso mensual, igual o superior a treinta (30) Unidades Tributarias; quienes deberán consignar constancia de residencia y carta de buena conducta. Asimismo.....