este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción Judicial realizada por las partes en fecha 02 de Marzo de 2.007, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION, incoado por el ciudadano JUAN BONIFAZ F. titular de la cédula de identidad N° V-12.067.879, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.089, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil DROGUERIA LIDER, C.A; contra la ciudadana CARMEN MAGDALENA RANGEL RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.693.999. Procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.718 del Código Civil.