este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: IMPROCEDENTE la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado HERME JOSÉ RAMÍREZ RODRÍGUEZ, venezolano, soltero, nacido en fecha 15-03-1991, natural de Cariaco, titular de la cédula de identidad Nº 24.535.653, de 19 años de edad, hijo de María Luisa Ramírez, soltero, sin oficio definido, hijo de Herme López y María Ramírez, residenciado en Pantoño, Sector Santa Clara, casa sin número, cerca de la escuela, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; y en consecuencia se ordena libar ORDEN DE CAPTURA, en su contra para que con el debido respeto de sus derechos y garantías constitucionales sea CAPTURADO,