este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Cumaná, declara procedente la autorización para la procedencia del Permiso de Supervisión Especial, al penado Edgar José Mudarra Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.288.656, por cuanto reúne los requisitos de ley. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario. En tal sentido Ofíciese a la Dirección del Centro de Tratamiento Comunitario "Lic. Diego Bautista Urbaneja" en Barcelona Estado Anzoátegui.