Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Prestaciones sociales y demás conceptos laborales intentada por BERLI MARGARITA LANZA MARCANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 16.701.656 en contra de CONSERTELCA, C.A. y COOPERATIVA 2025
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (Bs. 33.656,08) por los conceptos de prestación de Antigüedad, indemnización de despido y sustitutiva de preaviso establecida en el articulo 125 de la L.O.T. , Vacaciones y Bono vacacional Fraccionado y Utilidades fraccionadas , pago de Bono de Alimentación y salarios retenidos determinados en el cuerpo de esta .....