DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Sucre, Anzoátegui y Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE ADMITE el Recurso de Casación Agrario, anunciado en fecha veinte (20) de marzo de 2025, por el profesional del derecho RAFAEL ÁNGEL PINTO FIGUERA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 25.755, actuando como apoderado judicial de la ciudadana MARY DE JESÚS PINTO FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V-9.075.289, contra la sentencia dictada por el Tribunal Accidental Superior Agrario en fecha dieciocho (18) de marzo de 2025.
SEGUNDO: SE ORDENA la remisión del presente asunto a la Sala de Casación Social, Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia a los fines su pronunciamiento de Ley.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
.....