Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda; SEGUNDO: INADMISIBLE, el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el Abogado Ángel Guillermo Marcano Méndez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 9.768, actuando como Apoderado Judicial del Concejo Municipal Del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, contra los ciudadanos Luís Bello García, Wuillian José Montaño López y Rodolfo Eleazar Ávila Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 5.872.492, 5.872.384 y 5.883.599, respectivamente.