Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso a la ciudadana Gregorio Antonio Salazar, venezolano, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de mecánica, nacido el 17-06-84, titular de la Cédula de Identidad N° 21.286.859, hijo de Narciso Leiva y Asunción Salazar, y domiciliado en el Sector Polo Sur del caserío Cachipal, Calle Principal, Casa Nº 43, cerca del puente, Municipio Cajigal del Estado Sucre; por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Carmen Mariela Carrera Contreras; imponiéndole como condiciones, por el plazo de un (01) año, las siguientes: PR.....