Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA CESACIÓN de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, en atención a lo establecido en los artículos 645 y 647, literal h) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, debiendo continuar con el cumplimiento de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, cuyo vencimiento es el 04/11/07,