Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA, el Sobreseimiento de la causa al ciudadano Sixto Jesús Espinoza, quien dijo ser Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad: 10.216.197, oficio jefe de ventas, nacido en fecha: 04-04-69, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, hijo de: Sixto Espinoza y Tomaza de Espinoza, residenciado en la Urbanización Charallave , vereda 1ª, Casa n° 1269, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre . Todo en conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7 y 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y en su debida oportunidad remítase al Tribunal de Ejecución Competente. Cúmplase.
La Jueza Cuarta de Control
La Secretaria
Abog. Lourdes M. Salazar Salazar
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