En atención a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre- Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS ALBERTO MATA PINO, suficientemente identificado, en contra de la CADENA DE TIENDAS VENEZOLANAS S.A. (CATIVEN), ya identificada.
En consecuencia se condena a la demandada a pagarle al demandante la cantidad de SIETE MILLONES TRECIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.7.320.0000,00), por concepto de domingos trabajados, derivados de la relación de trabajo, sobre la cual procede la corrección monetaria desde la fecha de la admisión de la demanda hasta la ejecución de la presente sentencia, igualmente procede el pago de los intereses moratorios de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela desde el mo.....