En consecuencia este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, con fundamento a lo previsto en el artículo 250 Ord. 1y 2 y 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano JAIRO JOSÉ RIVERO GONZALEZ, Venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.855.3469, soltero, residenciado en la Población de Araya, barrio 5 de Diciembre, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre por el delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 único aparte del Código Penal en perjuicio de SADITH BEATRIZ PEREDA FRONTADO consistente en presentaciones periódicas cada OCHO (08) días por ante la prefectura del Municipio Cruz Salmerón Acosta por un lapso de seis (6) meses y Prohibición de acercarse o comunicarse con la victima, los familiares de esta y los testigos referenciales, sin que ello afecto sus derechos a la.....