Siendo así, y por cuanto la parte demandada en la presente causa formulo oposición a la partición, y convino en partir los siguientes bienes: 1) Una casa y el terreno donde se encuentra construida, ubicada en la Población de Tunapuy, calle Santa Inés, N° 04, Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Sucre, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con calle Santa Inés, con una medida de Siete Metros con Setenta Centímetros (7,70 mtrs). SUR: Con propiedad que es o fue de MATEO LÓPEZ, con una medida de Siete metros con setenta centímetros (7,70 mtrs). ESTE: Con propiedad que es o fue de JUAN RODRÍGUEZ, con una medida de Cuarenta y Cinco metros con Cinco centímetros (45,5 mtrs) y OESTE: Con propiedad que es o fue de CLAUDIA RODRÍGUEZ, con una medida de Cuarenta y Cinco metros con Cinco centímetros (45,5 mtrs), lo que se evidencia del documento de propiedad debidamente Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Benítez del Estado Sucre,.....