Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por los ciudadanos CELIA BARRETO, ROSENDO MORENO, LISANDRO RIERA y ANA SALAZAR, titulares de las cédulas de identidades Nº V- 8.649.355, V- 8.424.904, V- 10.950.068 y V- 9.977.380, respectivamente, contra la GOBERNACION DEL ESTADO SUCRE, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de CIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL VEINTISEIS BOLIVARES (153.026,00), por los conceptos demandados, determinados en el cuerpo de esta sentencia, mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, por la obligación alimentaria, de cada uno de los demandantes y por los intereses de prestaciones sociales, dicho concepto será calculado por un único experto, mediante u.....