Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta 1.- La sustitución de la medida de Privación de libertad impuesta a "OMISSIS" por la comisión del delito de: Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Israel David Cabeza Urbaneja; por el cumplimiento simultaneo de las medidas de Reglas de Conducta y Libertad asistida por el lapso que le falta por cumplir de nueve (09) meses y cinco (05) Días. quedando obligado a presentarse una vez al mes por ante la Trabajadora Social adscrita al Centro Socioeducativo, Presentarse una (01) vez al mes por ante el alguacilazgo de esta ciudad. No cometer nuevos hechos delictivos y Estudiar y/o Trabajar debiendo presentar las debidas constancias. Líbrese Boleta de Libertad .....