actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la continuación de la presente investigación conforme a las reglas del procedimiento ordinario y en consecuencia se acuerda remitir a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público las presentes actuaciones, seguida a la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; a quien se le iniciara investigación por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales, en perjuicio de YANIZA ALEJANDRINA CARRERA. Igualmente se hace del conocimiento de la adolescente, que a partir de la presente fecha puede promover cualquier tipo de pruebas que permitan desvirtuar la imputación que se le realiza en el día de hoy. Se insta al representante del Ministerio Público, para que promueva lo solicitado por la defensa