Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad , a favor del imputado Claudio Delfín Caraballo Martínez, venezolano, de oficio obrero, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.373.021, nacido en fecha 11-03-85, Residenciado Detrás de la Zona Industrial, Sector Pica de Evaristo cerca de la Bodega de Gabriela, Carúpano, Estado Sucre, por la comisión del delito de Homicidio Agravado, previsto y sancionado en el artículo 409 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de José Demetrio Caraballo Martínez, en virtud de que la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, aun no ha presentado el respectivo acto conclusivo (Acusación), todo de conformidad con lo preceptuado en el articulo 250 3er y 6to, aparte del Código Orgánico Procesal Penal.