En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: JEFFERSONN JOSE GONZALEZ ALCALA e YOGLIS DEL VALLE GUAIQUIRIMA ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.855.711 y V- 14.432.703, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio VIRGINIA DEL JESUS ALCOBA CARABALLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 212.410 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha catorce (14) del mes de Diciembre.....