Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de Cumana Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Querella Funcionarial, interpuesta por la ciudadana Mary Del Carmen Amarista, antes identificada, contra el Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Benítez del Estado Sucre.
SEGUNDO: Se ordena el pago a la querellante, tanto de las prestaciones sociales, como de los intereses moratorios causados y del Fideicomiso.
TERCERO: Se niega la solicitud de los pagos por concepto de Cesta Ticket, Costas, Preaviso e Indemnización por Despido.
CUARTO: Se niega la solicitud de los pagos por concepto de Vacaciones Cumplidas, Vacaciones Cumplidas No Disfrutadas, Bono Vacacional, Bono por efecto de la Convención Colectiva e Indexación.
QUINTO: Se ORDENA la realiz.....