Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado EDGARDO GONZÁLEZ JARABA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interino Encargado de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 04 de Octubre de 2013, mediante la cual DECRETÓ MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor de los ciudadanos BELTRÁN JOSÉ MONTAÑEZ MATA y LEILA MARÍA GARCÍA RAMÍREZ, en la causa seguida en su contra por la presunta comisión de los delitos de ESCLAVITUD Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 173 y 288 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos PEDRO Q.....