Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada SUSANA GARCIA, en el juicio de partición de bienes, incoado por la ciudadana MARIA ROSILLO, titular de la cédula de identidad número: 9.940.251, representada judicialmente por el abogado Agustín Cruz, inscrito en el Inpreabogado con el número: 27.978, contra el ciudadano DOMINGO CARABALLO, titular de la cédula de identidad número: 9.450.303, representado judicialmente por el abogado Luis Leal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 28.555. Así se decide.