En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, TRABAJO, ESTABILIDAD LABORAL Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: GUERRA GUERRA ATANACIO GERMAN y RAMÍREZ DE GUERRA CARMEN EUGENIA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.942.700 y V-6.528.617, respectivamente, ambos cónyuges entre sí, y domiciliados en población de Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, quedando en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Primera Autoridad Civil de la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, en fecha veintitrés (23) de marzo del año mil novecientos oche.....