Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por Desafecto incoada por los ciudadanos: Edgar Luis Álvarez y Leyza del Valle Jiménez Flores, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrs°. V- 6.806.550 y V- 9.981.604, respectivamente, el primero domiciliado en la Urbanización Bebedero Vereda 42, N° 06, y la Segunda en la Calle Principal de Campamento arriba, Marigüitar Municipio Bolívar del Estado Sucre, asistidos por la Abogada, en ejercicio Hayde María Silva Licet, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 298.756.
En consecuencia: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por vir.....