Con Fundamento en lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Juicio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud formulada por la defensora pública penal Abg. CARMEN YUDITH YNDRIAGO y en consecuencia, se decreta el sobreseimiento de la causa seguida en contra del acusado WILMER EMILIO ROMERO MARCANO, por el delito de Posesión ilícita de Cocaina previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por haber prescrito la acción penal. A los efectos de la notificación del acusado, se acuerda la fijación en cartelera de la respectiva boleta, conforme a lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal penal, en virtud de no constar una dirección precisa en las actuaciones, donde pueda ser localizado.