siendo la 1:15 de la tarde, oportunidad fijada por el tribunal, se trasladó y constituyó el mismo en un inmueble ubicado en la calle Cochabamba, casa N° 19, Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, en compañía de la abogada LILIANA DEL VALLE FIGUEROA PERDOMO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 54.492, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALBERTO JOSE ORTIZ BENITEZ y LUCEIRA DEL VALLE SUAREZ, partes actoras en el juicio que por nulidad de contrato, incoado en contra de ANTONIO JOSE LANZA ALCALA y JUSTINA MALAVE DE LANZA, a fin de dar cumplimiento a la comisión librada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.