Como consecuencia de los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE por IMPROCEDENTE, la Apelación interpuesta por el Ciudadano Enrique José Guaregua Medina, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.914.177, asistido por la Abogada Maira Alejandra Olivier, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 98.154, contra el auto de fecha 01 de Julio de 2014, dictado por el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
Quedando así Confirmado el auto recurrido.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.-
Insértese, Publíquese, Regístrese, Edítese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, dé.....