Este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 497 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara cumplida la condena y por consecuencia, extinta la responsabilidad penal del ciudadano Juan José Rondón Rengel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 11.828.103, y residenciado en final calle Versalles, cerro la gata, casa N° 27, residencia de la señora María Romero, Estado Sucre, impuesta por el Juzgado Primero Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, y confirmada por el Juzgado Superior en lo penal del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante sentencia.....