DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud realizada por la ABG. CARMEN ELENA RONDÓN, en su condición de Fiscal Sexta (E) del Ministerio Público, y en consecuencia, se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxx; en la causa seguida por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en relación con el artículo 80 segundo aparte eiusdem, en perjuicio del xxxxxxxxxxxxxxxxxx; por haber operado la prescripción de la acción penal, de conformidad con los artículos 615 y 561 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artí.....