el tribunal observa:
PRIMERO: El Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha: 07 de Junio de 2007, dictó sentencia condenatoria mediante la cual condenó al acusado: ADOLFO RAFAEL YEGRES, ya identificado, a cumplir la pena de: OCHO (8) AÑOS DE PRISION mas las accesorias de Ley por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal.
SEGUNDO: Aplicando el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece: " Se descontará de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso", se obtuvo el siguiente resultado: El penado: ADOLFO RAFAEL YEGRES, fue detenido preventivamente el día: 14-03-2005, tal y como consta al folio 320 de la pieza I del expediente, y hasta la presente fecha 16-07-2007, tiene cumplida una pena de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y DOS (02) DIAS, faltándole por cumplir, CINCO .....