Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento: presentada como ha sido la Acusación Fiscal por parte de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, oído al Imputado así como los alegatos de la Defensa, se toman en consideración lo siguiente: PRIMERO: Se Admite Totalmente la ACUSACION FISCAL, presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público en contra del Imputado WILLIAN JOSE SALAZAR MAGO, venezolano, natural de esta Ciudad, titular de la Cedula de Identidad N° 13.942.644, de 31 años de edad, de profesión u oficio vendedor de bolsas en el mercado, fecha de nacimiento 22-06-1978, hijo de Delia Rosa Mago y Hilario Salazar, residenciado en el Barrio las Palomas, sector los apartamentos, Calle Corazón de Jesús, Bloque 20, planta baja, apartamento N° 20 de esta Ciudad, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES GRAVES EN GRADO DE CORRE.....