Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara PERIMIDA la instancia en la demanda que por AUTORIZACION DE VENTA, interpuesto por la ciudadana IRMA SUBERO RINCONES, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-3.338.962 y domiciliada en la Avenida Miranda cruce con Calle Miranda, Quinta Bellita, asistida en este acto por ELISA VASQUEZ VIZCAINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.434.746 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 29.596 contra JOSE ALI ARREAZA LANZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.871.961.