Acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa a los Tribunal de Control del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, atendiendo a lo dispuesto en el articulo 57 del Código Orgánico Procesal Penal, del ciudadano OSWALDO DE JESUS CASTELLAR QUINTANA venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 24 años de edad, nacido en fecha 22-03-1989, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 19.909.864, de profesión u oficio taxista, hijo de Oswaldo castellar y Beatriz cecilia Quintana, y residenciado en el Sector Manuel Salvador Salinas, de El Muco, Segunda Etapa, es la única casa de esquina, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Líbrese Oficio al Comandante de Policía del Municipio Bermúdez, a los fines de que reciba en calidad de detenido al imputado de autos, hasta tanto el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Carúpano, realice el traslado correspondiente con las seguridades que amerita el presente caso hasta los Tribunal.....