declara CON LUGAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACIÓN EN FAMILIA SUSTITUTA de la niña y DICTA Medida de Protección Provisional en modalidad de Colocación en Familia Sustituta, de conformidad con lo previsto en los artículos 126, literal "i" y 128, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, a favor de la niña antes identificada la cual debe ejecutarse en el hogar de los ciudadanos EZELEIDA DEL VALLE NUÑEZ DE MAFFI y HUGO MAFFI, titulares de las cédulas de identidad números 5.086.164 y 4.088.370 respectivamente, quienes residen en la siguiente dirección: Urb. Bermúdez, bloque 2, letra B, apto. nº 4, primer piso, Cumana Estado Sucre