Es por todo ello que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Segundo Control del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la medida de protección solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Público, a favor de la ciudadana LAURA DEL VALLE PAREJO DIAZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 11.827.263, de 34 años de edad, casada, del hogar, domiciliada en el barrio Leopoldo Torres, casa s/n, bolivariano, vía los Impures, detrás del taller RAISOL, Cumana Municipio Sucre, Estado Sucre. Librese el oficio al Fiscal Superior del Ministerio Público, remitiendo las presente actuaciones, así como oficio al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a fin de informarlo sobre la declaratoria con lugar de la medida de protección. Librese boleta de notificación a la ciudadana LAURA DEL .....